INICIO DEL PERIODO DE CONSULTAS DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE CONDICIONES
DE TRABAJO DE LA EMPRESA DE HIPERMERCADOS EISA, S.L. (EROSKI)
Previamente al inicio del periodo de consultas, se ha reunido el
comité de empresa para proceder a
su renovación, que estaba constituido
desde el año 2009 y contaba con la
mayoría de UGT, con 4 miembros,
CCOO con 3, FETICO y CGT un miembro cada uno. En la nueva composición CCOO ostenta la mayoría con 6 miembros, UGT con 3, FETICO y la CGT que no alcanza el 5%
se quedan fueran del comité intercentros, porcentaje mínimo necesario para tener presencia en el comité.
Por lo tanto hoy, se ha iniciado el periodo de consultas del
expediente de modificación sustancial de las
condiciones de trabajo de carácter colectivo y del
procedimiento de inaplicación de condiciones de trabajo
del convenio colectivo de Grandes Almacenes del periodo 2013-2016, según previene el art. 41.4 y el art. 82.3 del
Estatuto de los Trabajadores.
La empresa nos ha hecho entrega de la documentación preceptiva y justificativa de las medidas que
pretende adoptar. Haciéndonos una presentación de las causas que motivan las modificaciones
de trabajo que se propone, así como los objetivos que
pretende alcanzar y las medidas que precisan aplicar, son de orden económica y organizativas. Se concretan en los
siguiente:
Reducción del 5%
del salario base de convenio, así como la
misma reducción para aquellos conceptos
salariales que se calculen en base al mismo.
Reducción del
5% del salario base reconocido en nómina al grupo de mandos.
Modificación de las mejoras conseguidas hasta ahora que pasarían a regularse por el convenio, en lo que respecta
al: complemento de nivel, pago de festivos, no obligación de prestar servicios de lunes a domingo y complemento de I.T.
Para Hipermercados, supresión del concepto fuera de tablas en su totalidad,
reducción del 10% del complemento
personal, del la banda de centro.
Plataformas, eliminación del fuera tablas y su cuantía, reducción del 5% de todos los
conceptos que integran la política retributiva. Cuantía que
será descontada del complemento
personal, reducción del plus de emigración hasta el tope del 15% del salario anual bruto.
Son algunas de la medidas propuestas por parte de la empresa y que
la parte social hemos manifestado que nos parecen desproporcionadas y excesivas
en su conjunto.
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