El Tribunal Constitucional mejora la protección social de los trabajadores a tiempo parcial
- CCOO se congratula de la sentencia que recoge la reivindicación del sindicato y mejora la protección social que ofrece el sistema público de Seguridad Social a los trabajadores a tiempo parcial, afectando especialmente a mujeres
- El sindicato solicita al Gobierno la convocatoria urgente de la Mesa de Diálogo Social para reformar la Ley General de Seguridad Social
La sentencia del Tribunal Constitucional 61/2013 publicada hoy en el BOE viene a confirmar la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE del pasado 22 de noviembre, que declaró contrario al principio de igualdad el trato que reciben los trabajadores a tiempo parcial, fundamentalmente mujeres, en el cálculo del periodo de trabajo cotizado a la hora de reconocer las prestaciones de seguridad social.
El fallo declara nula la actual fórmula en la que se calcula el periodo cotizado que reúnen los trabajadores a tiempo parcial (por el que cada 5 horas de trabajo se consideran 1,5 días cotizados) por considerarlo insuficiente y discriminatorio respecto del que tienen el resto de trabajadores a jornada completa. Esta sentencia afecta de manera inmediata la aplicación práctica de esta normativa y requiere la modificación urgente de la actual legislación en materia de Seguridad Social.
Desde CCOO nos congratulamos del hecho de que el Tribunal Constitucional haya reconocido la necesidad de mejorar la protección social de una parte de los trabajadores a tiempo parcial, especialmente las mujeres. Demanda que mantiene este sindicato, y sobre la que presentó propuestas concretas en la negociación del Acuerdo de Pensiones en 2011, que entonces no fueron aceptadas y que reiteró el pasado noviembre con motivo de la reciente Sentencia del TJUE.
Esta materia debía haber sido adaptada mediante negociación para abordar todos los aspectos que de ella se derivan. De hecho, CCOO advierte ahora que una aplicación literal de la sentencia (que supone la anulación automática de la fórmula del coeficiente multiplicador de 1,5 por cada 5 horas trabajadas) podría perjudicar a trabajadores con contrato a tiempo parcial que concentran su actividad en amplias jornadas de trabajo efectuadas en unos pocos días a la semana (contratos de fin de semana para trabajadores de hostelería y comercio, guardias en sector sanitario, etc.), por lo que una correcta aplicación de la doctrina del Tribunal Constitucional, cuyo objeto es evitar un trato discriminatorio, exige una nueva formulación de la normativa que permita la mejora de la protección social ofrecida por el sistema público al colectivo de trabajadoras que más lo precisan, al tiempo que mantiene la protección que ya se había conseguido para el resto de trabajadores a tiempo parcial.
Para ello, CCOO exige que se convoque de inmediato la Mesa de Diálogo Social y se establezca en la nueva normativa la garantía del cumplimiento del espíritu de la sentencia del Tribunal Constitucional de mejorar la protección social al colectivo de trabajadores a tiempo parcial con el mantenimiento de los actuales niveles de protección social universales que ofrece el sistema público de pensiones, al tiempo que se aborda de forma coherente el resto de materias que afectan o se ven afectadas por este pronunciamiento del Tribunal Constitucional (complementos a mínimos, integración de lagunas, etc.)
Desde CCOO nos congratulamos del hecho de que el Tribunal Constitucional haya reconocido la necesidad de mejorar la protección social de una parte de los trabajadores a tiempo parcial, especialmente las mujeres. Demanda que mantiene este sindicato, y sobre la que presentó propuestas concretas en la negociación del Acuerdo de Pensiones en 2011, que entonces no fueron aceptadas y que reiteró el pasado noviembre con motivo de la reciente Sentencia del TJUE.
Esta materia debía haber sido adaptada mediante negociación para abordar todos los aspectos que de ella se derivan. De hecho, CCOO advierte ahora que una aplicación literal de la sentencia (que supone la anulación automática de la fórmula del coeficiente multiplicador de 1,5 por cada 5 horas trabajadas) podría perjudicar a trabajadores con contrato a tiempo parcial que concentran su actividad en amplias jornadas de trabajo efectuadas en unos pocos días a la semana (contratos de fin de semana para trabajadores de hostelería y comercio, guardias en sector sanitario, etc.), por lo que una correcta aplicación de la doctrina del Tribunal Constitucional, cuyo objeto es evitar un trato discriminatorio, exige una nueva formulación de la normativa que permita la mejora de la protección social ofrecida por el sistema público al colectivo de trabajadoras que más lo precisan, al tiempo que mantiene la protección que ya se había conseguido para el resto de trabajadores a tiempo parcial.
Para ello, CCOO exige que se convoque de inmediato la Mesa de Diálogo Social y se establezca en la nueva normativa la garantía del cumplimiento del espíritu de la sentencia del Tribunal Constitucional de mejorar la protección social al colectivo de trabajadores a tiempo parcial con el mantenimiento de los actuales niveles de protección social universales que ofrece el sistema público de pensiones, al tiempo que se aborda de forma coherente el resto de materias que afectan o se ven afectadas por este pronunciamiento del Tribunal Constitucional (complementos a mínimos, integración de lagunas, etc.)
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