FINALIZADA
LA NEGOCIACIÓN DEL
PLAN DE IGUALDAD
DE ZARA EL
22 DE ENERO
Después de casi tres años
que comenzó la negociación del Plan de Igualdad de Zara España S.A, el 22 de enero de 2013 se ha
cerrado la negociación.
No han sido tres años de negociación, sino que más de la mitad del tiempo
el Plan lo tuvo paralizado la empresa, lo que llevó a una sanción y multa de la Inspección de Trabajo
por incumplimiento.
Posteriormente se recuperó la negociación y hubo que actualizar el
diagnóstico, pero los sindicatos trabajamos de forma conjunta para elaborar la
propuesta de medidas a entregar a la empresa. Propuesta a la altura de una
empresa importante, con muy buena posición y en la que teníamos puestas
esperanzas de conseguir alcanzar acuerdos que supusieran a la plantilla mejoras
importantes.
Tras intentar llegar hasta el último momento la negociación se ha cerrado
con un documento que ha supuesto valorar y tomar una decisión difícil. Hasta el
último momento hemos intentado que llegáramos a un acuerdo que nos valiese a
todos los sindicatos, pero no se logró. Lo
firmamos CCOO y UGT, pero no la
CIG.
Hemos acordado un plan que nos es el que nos hubiese gustado en esta
empresa, ya que se podía haber comprometido más, incrementando sus beneficios
sociales (más alta la ayuda económica por nacimiento, dando ayudas para
material escolar, etc.), pero no lo ha hecho. Como tampoco ha querido conceder
licencias (ni siquiera recuperación del tiempo o licencia sin retribuir) para
acompañar a los hijos/as al médico……. Pero las medidas que están recogidas son
a base de un trabajo y esfuerzo de la parte sindical y supone bastantes mejoras
para una plantilla muy feminizada. Y lo consideramos un punto de partida para
que logren que la situación cambie en una empresa que ha sido sancionada por la
presión que hace al personal que se acoge a una reducción de jornada.
Eso es lo que ha hecho que decidamos firmar el plan de igualdad que incluye
algunas medidas como:
·
Adoptar la medida de
acción positiva para que, en los casos de que haya una vacante (sea temporal o
definitiva) a tiempo completo, o de necesidad de contratación a tiempo parcial
de mayor jornada, cumpliendo con el principio de idoneidad y competencia,
tendrán preferencia las mujeres con contrato a tiempo parcial.
·
Se elaborará e
implantará un formulario (que especifique provincia y tienda) estandarizado de
solicitud de incremento de jornada. De las peticiones formuladas, se dará copia
al trabajador o trabajadora, con el recibí de la empresa, y a la comisión de seguimiento
·
en condiciones
equivalentes de idoneidad y competencia, tendrán preferencia las mujeres en el
ascenso a puestos o grupos profesionales en los que estén sub representadas.
·
Incluir módulos de
igualdad en la formación dirigida a la nueva
plantilla y reciclaje de la existente, incluidos mandos intermedios.
·
Realizar un estudio
salarial por puestos, por sexo y por
provincia en el que se analicen las retribuciones medias con desglose de la
totalidad de los conceptos salariales (salario fijo y variable). En el caso de
detectarse desigualdades se valorará la realización de un plan que contenga
medidas correctoras.
·
Garantizar que las
personas que se acojan a una jornada distinta de la habitual (tiempo parcial,
reducción de jornada…), no vean frenado el desarrollo de su carrera profesional
ni sus posibilidades de promoción y ascenso, retribución, acceso a la
formación.
·
Adaptar y concretar la
jornada, sin reducirla, para quienes tengan personas a su cargo (menores
dependientes y familiares) con discapacidad superior al 33% debidamente
acreditada
·
Establecer un
calendario laboral anual para toda la
plantilla de la empresa para poder
organizarse y así conciliar la vida personal, familiar y laboral, siendo este
conocido por la plantilla 2 meses anteriores a su implantación.
·
Establecer una
excedencia por estudios (acreditados) de hasta 1 año con reserva de puesto de
trabajo,
·
El permiso retribuido
que corresponda por cada uno de los convenios provinciales, por accidente o
enfermedad grave, hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización,
que precise reposo domiciliario (hasta segundo grado de consanguinidad o
afinidad) podrá ser solicitado durante el tiempo de recuperación y de forma
fraccionada.
·
Dar preferencia en la
movilidad geográfica voluntaria y solicitud de cambio de centro, cuando el
motivo de la solicitud sea por cuidados
de personas dependientes (menores y familiares).
·
Facilitar el cambio de
turno y la movilidad geográfica con el objetivo de atender situaciones
parentales relacionadas con el régimen de visitas de hijos/as, para padres o
madres separados/as, divorciados/as, y cuando por convenio regulador o
sentencia judicial de separación o divorcio se dispusiera que sólo pueden
disfrutar de la compañía de sus hijos/as en determinado mes de vacaciones, tendrán
derecho a que su disfrute de vacaciones coincida con dicho mes. Acreditándolo
con la copia de la resolución judicial que establece el régimen de vacaciones.
·
Aumentar la licencia
por nacimiento de hijo en 4 días más para aquellos padres que disfruten al
menos 2 semanas de la cesión de la suspensión del contrato por maternidad por
parte de la madre.
·
El padre durante los
dos meses inmediatamente posteriores al nacimiento del hijo tendrá derecho a
flexibilizar su jornada y horario diario de trabajo respetando el cómputo
semanal
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