Fecoht Informa

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14 marzo 2013

Modificación Sustancial en Supermercados Eroski



ACUERDO EN EL CONVENIO Y MODIFICACIÓN SUSTANCIAL EN SUPERMERCADOS EROSKI.

En la reunión celebrada el 13 de marzo de la mesa negociadora del convenio colectivo y de la modificación sustancial de condiciones que afecta al grupo de supermercados Eroski, se alcanzaba un acuerdo por la unanimidad de la representación sindical. Con este acuerdo se cierra la negociación del V Convenio Colectivo del Grupo Eroski Supermercados y así mismo se cerraba el periodo de consultas con acuerdo en cuanto a la modificación de condiciones.
Un acuerdo que pone final a un proceso de negociación que se iniciaba el pasado 14 de febrero y que ha contado con la aprobación por los diferentes centros de trabajo afectados, tras la celebración de las asambleas que desde la representación sindical se desarrollaron los días pasados.
En la ultima reunión de la mesa negociadora se fijaban las condiciones que definitivamente se integraran en el nuevo convenio colectivo, así como las condiciones que afectaran a los trabajadores y trabajadoras afectados por la modificación sustancial y que son las siguientes:
- Reducción de las Tablas Retributivas de Supermercados, en:
0% a Profesionales ( es decir nada se reduce de su tabla retributiva)
2% a Responsables
5% a Mandos y Técnicos
 6% a Gestores
- Eliminación de las diferencias salariales a quienes estén cobrando por encima de su salario de referencia:o Península: Absorción del 100% de la diferencia entre la retribución efectiva y la que corresponde al puesto que se está desempeñando (salario de referencia), con un tope del 20% sobre el salario bruto anual.
o Baleares: Absorción del 35% de la diferencia entre la retribución efectiva y la que corresponde al puesto que se está desempeñando (salario de referencia), con un tope del 20% sobre el salario bruto anual.
o Península y Baleares: en ambos casos, el salario de referencia para los que desempeñen un puesto de Profesionales, será el Salario Base del Grupo de Profesionales incrementado en un 10%, esto es: 14.323€.
o Península y Baleares: conceptos salariales como la antigüedad del convenio vigente, horas especiales, pagos de domingos y festivos, pago por hijos discapacitados y plus de frío no se computan a efectos de la absorción hasta el salario de referencia. Sí computan a efectos del tope sobre el salario bruto anual.
o Península y Baleares: el salario remanente por encima del salario de referencia (en caso de verse afectado por los topes sobre el salario bruto anual) se establecerá en un concepto salarial no absorbible. 
- Incremento de la jornada anual del convenio pasando a 1.798h efectivas. Ello afectará a todas las jornadas de trabajo efectivo inferiores que por cualquier causa se estén disfrutando en la actualidad (v.gr. 1720h, etc.).
- Congelación tablas salariales del convenio actual (2012). 
- Inaplicación de la revisión salarial 2012. 
- Vigencia Convenio Colectivo 2 años (2013-2014).
- Se reconoce la base reguladora anterior al ajuste salarial (la actual) a todos los efectos indemnizatorios durante un plazo de 24 meses, es decir durante los dos años de vigencia del convenio colectivo.
- Se acuerda que aquellos trabajadores que pudieran optar por la finalización del contrato de trabajo por considerar lesivas las nuevas condiciones, tendrán derecho a una indemnización de 24 días de salario con el tope de 12 mensualidades, siempre que tengan una afectación salarial con las nuevas condiciones de mas del 10%. Esta opción la podrán ejercitar los trabajadores hasta el 30 de abril del presente.
- No se verán afectados por estas medidas los trabajadores en situación de jubilación parcial.
- Quedan excluidos de las medidas de modificación los trabajadores de la Sociedad Vegalsa.
Estos son contenidos que deberán integrarse en el convenio, que continua manteniendo el mismo redactado y alcance en materias que la empresa pretendía modificar, tales como la cobertura por IT, clasificación profesional, permisos retribuidos o el incremento de la jornada flexible de la bolsa de horas.
En conclusión podemos decir que finalmente y con el esfuerzo y la responsabilidad del conjunto de los trabajadores y trabajadoras del Grupo Eroski, ha sido posible lograr este duro y difícil acuerdo, en el que ha imperado por encima de cualquier otro objetivo la defensa y el mantenimiento del empleo. Cierto es que las medidas adoptadas son duras y difíciles, sobre todo en el momento actual que vive nuestro país, pero también es cierto que una vez más los trabajadores y quienes les han representado han sabido asumir sacrificios, que serán pasajeros, y con ello garantizar el futuro de todos y todas.

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