Fecoht Informa

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03 diciembre 2013

Convenio Colectivo Supermercados El Arbol


El convenio del grupo El Arbol centra la negociación en el capitulo de clasificación profesional .

 

Como habíamos adelantado en nuestro ultimo comunicado del proceso de negociación del convenio colectivo del grupo El Arbol, la mesa negociadora, que celebro reunión ayer tarde, centro sus debates en el capitulo de clasificación profesional.

 

Como ya había adelantado la empresa en la reunión del pasado día 29 de octubre, desde su punto de vista contemplaban una nueva clasificación profesional basada en la creación de cinco grupos profesionales, que denominaban: grupo I profesionales, grupo II especialistas, grupo III técnicos, grupo IV mandos y grupo V directores.  Y en cada uno de estos grupos contemplaban los diferentes puestos de trabajo que en la actualidad están siendo reconocidos en la actividad de la empresa y que son los recogidos en los diferentes convenios provinciales de aplicación.

 

Así mismo, contemplan la posibilidad de elaboración de las futuras tablas salariales en base a seis zonas, que han agrupado en base al número de trabajadores afectados y a la realidad de cada uno de los niveles salariales, siendo estas zonas: Asturias, Aragón ( Aragón, Navarra y La Rioja), Noroeste ( León, Coruña, Orense, Lugo), Castilla ( Castilla-León, Santander), Extremadura, y Sureste ( Almería, Murcia, Albacete, Alicante).

 

Ante este planteamiento, la representación sindical de UGT y CCOO, hicimos una propuesta conjunta sobre la clasificación profesional que hemos basado esencialmente en los criterios que ambas organizaciones estamos planteando en la negociación del acuerdo marco de comercio.

 

En este sentido contemplamos una clasificación profesional que contenga tres Áreas Funcionales, y tres Grupos profesionales en cada una de ellas, y los diferentes puestos de trabajo en cada grupo correspondiente.

 

Así hemos planteados. Primer Área Funcional que se denominaría Tiendas, con tres grupos profesionales, conformados por,os siguientes puestos de trabajo: grupo I ( respondedores) grupo II ( cajeras, dependientes,personal de oficio) y grupo III (  jefe de tienda, segundo, encargado).

 

Segunda Área Funcional que se denominaría Almacenes, con tres grupos profesionales, conformados por los siguientes puestos de trabajo: grupo I ( mozo, auxiliar de mantenimiento, preparador), grupo II (conductor, carretillero, profesional de oficio, técnico de mantenimiento), grupo III ( encargado/ jefe de almacén, responsable de sección, gerente de almacén).

 

Tercera Área Funcional que se denominaría Oficinas, con tres grupos profesionales conformados por los siguientes puestos de trabajo: grupo I ( auxiliar, recepcionista), grupo II ( supervisor, oficial administrativo, operador, secretario, aprovisionadores, compradores), grupo III (directores, gerentes, jefe de ventas, gestores de recursos humanos, marketing y frescos).

 

Así mismo, dejamos constancia que sobre el planteamiento de las seis zonas para la determinación de las futuras tablas salariales, en principio y sin conocer por el momento el nivel salarial de referencia de cada una de ellas, nos parecía asumible, puesto que ello podría contribuir a despejar dificultades que una sola tabla salarial para el conjunto de la  empresa pudiera generar.

 

Ante  este planteamiento y tras un receso solicitado por la dirección de la empresa, nos plantearon una modificación sobre su planteamiento inicial, en el sentido de poder contemplar parte de nuestro planteamiento sobre las áreas funcionales y numero de grupos profesionales, que concretaron en lo siguiente: dos Áreas Funcionales que identificaron como Área Funcional uno Tiendas y Logística, y Área Funcional dos como Oficinas.

 

En el Área Funcional de Tiendas y Logística habría tres grupos profesionales que se conformarían sobre los siguientes puestos de trabajo: grupo I ( sala,caja, reposición, auxiliar de dependiente, ayudante, mozo, preparador, auxiliar), grupo II ( especialistas, dependientes, conductor, carretillero), grupo III (segundo de tienda, jefe de tienda, encargado, jefe de almacén).

 

En el Área Funcional de Oficinas, habría tres grupos profesionales que se conformarían sobre los siguientes puestos de trabajo: grupo I (auxiliares de administración y personal administrativo), grupo II ( técnicos de todas las actividades, gestores de marketing y RRHH ,jefe de ventas), grupo III ( mandos, directores, responsables de departamentos, gerentes de ventas).

 

Igualmente añadieron a este planteamiento la posibilidad de contemplar la existencia de un grupo profesional de entrada a la empresa.

 

Una vez expuesto su planteamiento, desde la representación sindical hicimos una primera valoración considerando que el planteamiento que nos hacia la empresa no se ajustaba a los criterios que desde nuestro punto de vista debería contener una clasificación profesional que contemple la existencia de áreas funcionales perfectamente delimitadas y con entidad propia, que por tanto no comprendíamos las razones que les llevaban a unificar dos áreas funcionales diferentes. Así mismo dejamos constancia que si en nuestro planteamiento no habíamos contemplado la existencia de puestos de trabajo de ayudantías o de auxiliares, en el convencimiento de que no son necesarios en la actividad de la empresa y su única razón esta debida a criterios económicos al corresponder a los niveles salariales mas bajos, no era una cuestión que contemplásemos y al contrario habíamos planteado su eliminación como vía a su reconocimiento profesional y salarial.

 

Finalmente dejamos constancia de nuestro rechazo a su propuesta de creación de un grupo profesional de entrada a la empresa que necesariamente lleva aparejado un nivel salarial diferente y a la baja en las realidades que ha sido recogido, y en cualquier caso no cabria la existencia de ayudantías y esta  nueva figura.

 

Como cierre de la reunión, ambas partes quedamos en  remitirnos los contenidos concretos de los planteamientos expuestos en la reunión y que eso debía permitirnos continuar avanzando en la búsqueda de una clasificación profesional nueva, que desde nuestro punto de vista necesariamente debe contemplar criterios de movilidad profesional en los términos fijados por la actúa legislación y por supuesto un capítulo de promoción profesional.

 

En este sentid hemos fijado que la próxima reunión de la mesa negociadora se celebrara en el mes de enero,quedando pendiente fijar la fecha de la misma

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