Fecoht Informa

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16 marzo 2012

TUS DERECHOS EN UNA JORNADA DE HUELGA GENERAL

¿Cuáles son mis derechos para ejercer la huelga?

La huelga del 29 de marzo 2012 está legalmente convocada por CCOO y UGT y no requiere de ninguna otra formalidad en las empresas.El ejercicio del derecho de huelga es un derecho fundamental reconocido en la Constitución y no depende de la voluntad del empresario. El ejercicio individual del derecho de huelga no tiene que manifestarse con antelación al día de la huelga. Simplemente la empresa constatará que ese día no se ha asistido al trabajo y sin que sea necesaria ninguna comunicación escrita o verbal. 

Son inconstitucionales los sondeos, encuestas o entrevistas del empresario tendentes a averiguar quienes o cuantas personas pretenden realizar la huelga.La decisión individual del ejercicio del derecho de huelga solo se encuentra limitada por la designación como integrante de un servicio mínimo o de seguridad y mantenimiento. 

Los servicios mínimos son establecidos por la autoridad gubernativa para garantizar el funcionamiento de los identificados como servicios esenciales para la comunidad. Se debe propiciar su negociación con el comité de huelga y no deben resultar abusivos. Los servicios de seguridad y mantenimiento son aquellos que pueden establecerse en las empresas cuyo proceso productivo no se puede interrumpir "completamente" sin grave riesgo para las personas, animales, bienes o instalaciones. 

Deben ser acordados con el comité de huelga y deben corresponder exclusivamente al fin para el que se fijan.A efectos de prestaciones de la Seguridad Social el día de huelga se está en situación de alta especial.Los piquetes informativos con funciones de propaganda, información y persuasión para incrementar el número de adhesiones a la huelga están para proteger el derecho constitucional a la misma. A efectos de descuentos salariales el día de huelga es como un día de ausencia al trabajo, y solo te pueden descontar el salario y las partes proporcionales correspondientes. 

Si recibes presiones o amenazas para limitar o impedir tu derecho de huelga puedes denunciarlo a la representación legal y/o sindical de la empresa, si no puedes enviarnos un mail a:

BLOGFECOHTGALICIA@GALICIA.CCOO.ES

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