La Comisión de Empleo y Seguridad Social del Congreso aprobó este jueves la
reforma laboral con la incorporación de distintas enmiendas y con los votos a
favor de PP y CiU.
La Comisión, que aprobó la reforma con competencia legislativa plena,
incorporó algunas modificaciones como la limitación del nuevo contrato de
emprendedores o la reducción de la ultraactividad de los convenios.
La primera de estas medidas, pactada con CiU, establece que cuando el
desempleo baje del 15% ya no podrán realizarse contratos de apoyo a los
emprendedores, que es el modelo creado por esta reforma destinado a pymes. Estos
contratos fueron duramente criticados por la oposición y las organizaciones
sindicales, principalmente por incluir un periodo de pruebas de un año.
Por otro lado, el PP ha dado el visto bueno a una enmienda de Foro Ciudadano
que reduce a la mitad el periodo de ultraactividad de los convenios.
Hasta ahora, la reforma establecía que los convenios se mantendrían vigentes
durante dos años mientras las partes negociaban su renovación. Sin embargo, esta
enmienda establece que el plazo será de sólo un año.
DISCAPACIDAD
El Congreso también ha dado el visto bueno a otras enmiendas, como la que da
un plazo al Ejecutivo de un año para que presente un proyecto de ley para
impulsar la inserción laboral de las personas con discapacidad.
También se modifica la reforma para dar prioridad en la movilidad a otro
centro de trabajo dentro de la empresa a los empleados con discapacidad que
necesiten recibir fuera de su localidad un tratamiento de rehabilitación.
Asimismo, el PP ha aceptado una enmienda del PSOE que establece que en los
casos de que un centro especial de empleo pierda una contrata y sea sustituido
por una empresa ordinaria, se mantenga la relación especial de trabajo de las
personas con discapacidad.
67 ENMIENDAS
En total se han incorporado 67 enmiendas, de las que 21 se incluyeron en el
informe de la ponencia, 26 se han tramitado como transaccionales, y el resto son
12 del PP una de Foro, una de UPyD, cinco de UPN y una de Izquierda Plural.
Las enmiendas transaccionales, que según la redacción de las mismas recoge
propuestas de todos los grupos parlamentarios, aclaran también las razones
económicas que justifican un despido colectivo. En este sentido, apuntan que la
caída durante dos trimestres consecutivos de los ingresos ordinarios o de las
ventas debe establecerse en relación al mismo periodo del ejercicio anterior.
Esta redacción también se da a las causas para incumplir lo pactado en
convenio.
Por otro lado se establece un plazo de seis meses para que las empresas
ofrezcan a los trabajadores afectados por el despido un plan de recolocación, y
se vigilará para que sea una recolocación adecuada.
Asimismo, se reduce de 500 a 100 empleados el tamaño mínimo de las empresas
que, si tienen beneficios, deberán aportar al Tesoro Público en el caso de que
realicen despidos colectivos que afecten a trabajadores de más de 50 años.
Por otro lado se amplía hasta el 10% el porcentaje de la jornada laboral del
trabajador que se podrá distribuir de manera irregular.
También se establece un mínimo de un 5% del número de jornadas laborales
anuales de las que un trabajador debe ausentarse para justificarun despido por
absentismo. Este porcentaje se traduce en entre 12 y 13 días.
Una vez aprobada la reforma en el Congreso, el texto con las enmiendas
incorporadas pasará al Senado. Allí se podrán incorporar nuevas enmiendas que
deberán ser ratificadas posteriormente en la Cámara Baja. En el caso de que no
haya nuevas enmiendas, no será necesario que la reforma vuelva al Congreso.
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